Quería saber acerca de la subida por antigüedad en base al convenio publicitario... Llevo 4 años con misma nómina.
Llevo 10 años en la misma empresa y 4 con la nómina paralizada... Quería saber si además del 7% que creo que consta en el Convenio de Publicidad por trienio (antigüedad) debería aplicarse, ¿según regulación de 2016 otro 3% obligatorio...? ¿?
Por otra parte, ¿podría la empresa hacer la "trampa" de aplicarlo a una partida de la nómina y reducir la parte que corresponde a primas e incentivos, por ejemplo o tiene que repercutir directamente en el total de nómina...?.
Respuesta de Felipe Ibáñez Melo
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