Tributación de indemnización por gastos hipoteca

En el año 2005 compre una vivienda con garantía de préstamo hipotecario el cual hace dos años que ha sido abonado. Al año siguiente en la declaración de la renta deduje los gastos de notaria, etc.

Efectuada en el año 2016 la reclamación a la entidad bancaria y llegado a un acuerdo extrajudicial ésta me ha abonado la suma de 500 euros. ¿Cómo tengo que tributar dicho ingreso en la declaración de este año?

1 respuesta

Respuesta

Como ganancia patrimonial que no proviene de la transmisión de ningún bien a tipo general.

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