Disolución comunidad de bienes, con inmuebles.

Somos una CB, dos hermanos comuneros al 50%, disponemos de dos locales comerciales, cada comunero atiende su negocio de forma individual en cada local, desde hace 30 años, luego todo va al 50%, la duda es, hay un local que tiene mayor valor, que es donde desempeño mi trabajo, quiero disolver la comunidad, ¿he adquirido algún derecho sobre el local? No va a ser de mutuo acuerdo la separación, entiendo que es un bien indivisible,¿podría pagarle la diferencia? ¿Y tendría que aceptarlo? Quiero continuar con el negocio, pero sin comunidad de bienes, ¿qué opciones hay? ¿Podría perder el local?

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La Comunidad de Bienes es un concepto fiscal y de funcionamiento racional de una comunidad de propietarios, que es lo que tienen su hermano y usted. La copropiedad no confiere ningún derecho al comunero que está haciendo uso de ella, fuera de los casos de ususcapión. Pero usted no ha poseído ese local en concepto de dueña, sino de copropietaria, por lo que no tiene ningún derecho de adquisición preferente ni ha constituido sobre ese local un derecho distinto del que tiene el otro copropietario.

Por lo tanto, han de llegar ustedes a un acuerdo sobre la disolución de la comunidad. Si no hay acuerdo y ambos locales son indivisibles, el asunto terminará en la subasta del local sobre la que se demande, y pertenecerá a quien lo adquiera. En ningún caso se puede imponer ni un precio, ni una compensación, ni nada que no sea algo negociado. Inténtelo. Con buena voluntad, lo solucionan en una mañana en notaría.

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