Prácticas no laborales con NIE

Tengo el NIE de estudiante pero ya terminé mis estudios pero aun me falta por caducar mi tarjeta, ahora tengo una empresa que busca practicante y nose que convenio me puede valer ante una inspección laboral, y sobre todo el tema del seguro que no lo tengo muy claro.

1 respuesta

Respuesta

Estimada Maritza:

Un estudiante puede darse de alta para cursar las practicas no superior a 4 horas siempre que no interfieran sus estudios. Si tiene opción a un contrato de prácticas, también podrá darse el alta para poder trabajar como prácticas por el tiempo que determine la empresa.

    • Para tener residencia de trabajo en régimen general deberá esperar tener 3 años con estancia continuada de estudiante.

    • Otra de las opciones es contratar a un extranjero no residente en España. El gran inconveniente de esta opción, es que, salvo en muy contadas ocasiones, de puestos muy específicos que requieran un perfil muy determinado, la concesión de esta autorización a trabajar está sometida a la situación nacional de empleo, obstáculo que en estos momentos de crisis es muy difícil superar.
    • En su defecto, ser contratado con Personal Altamente Cualificado, por el cual no deberá esperar los 3 años. Si no, cumplir con los requisitos de profesional Altamente Cualificado.
    • Otra vía, es que mientras se encuentre en estudiando, también podrá solicitar una autorización de trabajo temporal.

      ¿Quiénes?

        • El estudiante extranjero que viene a España para cursar estudios, no remunerados laboralmente, en cualquiera de los centros docentes o científicos españoles, públicos o privados, oficialmente reconocido, se les puede autorizar para realizar actividades remuneradas a tiempo parcial o de duración determinada.
        • En el ámbito sanitario, es decir estudiantes licenciados en Medicina y Cirugía, farmacia, psicología, ciencias químicas y biológicas, con el título homologado y realicen estudios de especialización podrán realizar actividades laborales derivadas de estos estudios sin necesidad de tramitar autorización para trabajar.
        • El Ministerio de Trabajo e Inmigración pretende flexibilizar el proceso y tramitar las resoluciones en un tiempo aproximado de 1 mes, en lugar de los 3-4 meses actuales.
  • Si tiene más dudas contacte con nuestra expertos. http://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ 

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas