Retención indemnización falso autónomo reconocido por Inspección de Trabajo y SS

Fui TRADE durante 7 años, en 2013 me despidieron, fui a Conciliación Laboral que resultó sin avenencia, posteriormente puse una demanda en el Juzgado de lo Social y antes de entrar a juicio llegamos a un acuerdo sobre la indemnización por daños y perjuicios. En 2015 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social me dio de alta de oficio del periodo que no había prescrito en el Régimen General. Ahora Hacienda quiere que rehaga la Renta de 2013 poniendo los sueldos como rendimientos del trabajo pero en cambio la indemnización la sigue considerando mercantil para que no me quede ni una parte exenta (sólo el 40% de rendimientos irregulares). No veo lógico para una cosa ser laboral y para otra mercantil, ya que ese despido también tendría que pasar a ser improcedente. ¿Alguien sabe si estoy en lo cierto? Ya he formulado alegaciones y me las han rechazado.

Respuesta
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Debe contactar con un abogado que le analice según la sentencia si puedecser equiparableca un despido laboral improcedente. SI Hacienda le aplica la irregularidad por la reducción es porque considera que la indemnización percibida es un acuerdo transaccional y voluntario entre las partes. Si no hubiera acordado nada y el juez hubiera indicado que la indemnización es por despido ya lo tiene. Ese fue su error en mi opinión. Sinceramente lo tiene complicado, pero que un abogado examine su caso por si acaso.

Muchas gracias! No tengo sentencia, ese es el problema sí... pero si la Inspección de Trabajo y Tesorería de la Seguridad Social tomaron esa decisión en algo se basarían (había muchos casos similares en la empresa que sí siguieron adelante) ¿no tendría que ser equivalente a la sentencia judicial? Es raro para los sueldos ser laboral y  sólo para la indemnización mercantil.

Sin sentencia en mi opinión lo tienes perdido.

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