Comunicación de rescisión de contrato de alquiler mediante WhatsApp
Mi mujer y yo tenemos un apartamento arrendado a una pareja de jóvenes que nos está dando bastantes problemas desde prácticamente el inicio del contrato, hace ya ahora dos años (retrasos en los abonos de las cuotas, no permitir nuestra entrada cuando se trata de llevar a cabo una reparación, no permitir la entrada de técnicos del mantenimiento contratado de la caldera, exigencias a la hora de ir a cambiarles bombillas, limpiarles la cal de los filtros de los grifos, limpiar el filtro de la lavadora, y un largo etc.).
La situación y la relación entre nosotros se ha vuelto totalmente insostenible, y ayer por la mañana nos comunicaron a través de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, su decisión de abandonar el apartamento a finales del mes de Abril. ¿Esta forma de hacernos llegar la comunicación, se puede considerar fehaciente a día de hoy?
Por la tarde, debieron de replantearse mejor el tema de la rescisión del contrato y, nuevamente a través de este medio (WhatsApp), nos solicitaron que les devolviésemos los dos meses de fianza depositados en su día (se trata de un apartamento amueblado) antes de la fecha acordada para el abandono del inmueble (30 de Abril). Todos sabemos y entendemos que las fianzas se devuelven a posteriori, tras la entrega de las llaves y, una vez verificado el correcto estado de los inmuebles, funcionamiento de los electrodomésticos, etc., por si se tuviese que descontar alguna cantidad de dicho depósito.
Nos "amenazaron" diciéndonos que, en el caso de no devolverles la fianza antes de finalizar el mes de Abril, se quedarían como mínimo otro mes más. Tenemos claras cuales son las intenciones por su parte, si no se les da el dinero de la fianza antes de lo debidamente acordado según contrato, llevan intención de permanecer en el apartamento como mínimo Abril y Mayo, y nos tememos que lo que harán será dejar de pagar ambas mensualidades. Lógicamente, si cuando finalmente se marchen nos encontramos con cualquier tipo de desperfecto, ya no tendremos de donde echar mano.
Mi pregunta es, ¿nos podemos apoyar en la comunicación que nos hicieron ayer por la mañana de querer abandonar el apartamento a finales del mes de Abril y de obligarles alguna forma a ello? Si llegada la fecha, no hubiesen abandonado la vivienda, ¿qué podemos hacer? ¿Las comunicaciones a través de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, pueden ser válidas delante de un juez si tuviésemos que vernos inmersos en un proceso?