No me devuelve la fianza

Hace 10meses y medio que estoy en un piso de alquiler, el piso era/es de obra nueva y no había alumbrado en todas las habitaciones, ni mampara en el baño, firme un contrato de un año prorrogable a 5, he pasado muchísimo en esa vivienda al ser nueva eramos conejillos de indias, problemas con el agua, calentador etc etc, ha pasado 10 meses y pico y continuo sin lámparas en dos o tres sitios, sin la mampara ... Hace pocos días le dije al dueño que quiero dejar el piso y me dice que estaba dispuesto a bajarme el alquiler cosa que yo no le pedí, ayer me llamo y había consultado con un gestor y me obliga a pagarle el resto de mensualidades hasta llegar al año ... El primer contacto me dijo que no había ningún problema que me devolvía la fianza y ya esta y ayer me salio con eso, he leído el contrato y si pone que si me marcho antes del año tengo que indemnizarlo con las mensualidades restantes PERO también pone que un motivo de cese de contrato puede ser el incumplimiento del mismo por ambas partes y él no lo ha cumplido, en el contrato pone que el se compromete a ponerme el alumbrado y la mampara del baño, ¿qué puedo hacer para recuperar mi fianza o al menos no tener que pagarle nada? El contrato cumple el 15 de Julio y yo no puedo seguir en la vivienda .

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Siendo práctico... sólo falta 1 mes y medio para que el contrato "cumpla", por lo que le recomendaría enviarle un burofax al propietario indicando que no le interesa renovar y que abandonará la vivienda de acuerdo con la Ley una vez transcurrido 1 año de vigencia del contrato.
Indíquele día y hora para hacer la entrega de llaves y revisión de la vivienda. Después de esto, el casero tiene 30 días para devolverle la fianza.
Todo lo anterior es el modo más práctico de hacer la cancelación.
De otro modo: ambos tienen razón. Me explico: Usted ha de permanecer en la vivienda por períodos de 12 meses, y el casero ha de mantener la vivienda en condiciones (alumbrado, mampara, etc). Debatir quién incumple y si el contrato se debe cancelar es un asunto que se hace en los Juzgados, con todo lo que ello implica (tiempo y dinero). Por tanto le aconsejo el sistema "práctico".
Suerte
Gracias muy amable, pero el tema esta en que yo he señalizado ya un piso en el mismo bloque de mi negocio y echarme ahora atrás seria perder aun más .
Hace unos minutos me ha llamado la esposa de el diciéndome que no van a pagar la hipoteca más del piso más mi fianza y una vez más me quedo callada y sin respuesta, ¿yo podría decirle por ejemplo que la "fianza" es algo que el no paga? Es decir que ese dinero debería estar depositado en algún sitio para que garantice la seguridad también del inquilino, ¿ademas de decirle que hablando de leyes y contratos el también ha estado 10 meses imcumpliendo? ... Aunque no me pague, solo quiero saber si esa respuesta seria coherente, llevo semanas aguantando la prepotencia de estos señores que por tener una vivienda en propiedad se creen por encima del resto de los humanos.
Gracias de nuevo.
Como le comenté, ciñéndonos a "la Ley", ambos tienen razón: el propietario ha de tener el piso "en regla" y Usted ha de permanecer por períodos de 12 meses. Sería un debate recurrente en el que ambos tienen "su parte" de razón.
Respecto a la fianza, es cierto que debería estar depositada en el organismo autonómico correspondiente. El no depositarla es una infracción, pero el órgano sancionador es su autonomía.
En el futuro, si detecta anomalías en la vivienda tome medidas desde el primer momento, o al menos deje constancia escrita de las reclamaciones.
Suerte.

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