Procedimiento de reclamación de deuda a vecinos morosos

Quería pregunta el procedimiento para cobrar las deudas de vecinos, que desde 12 años.

Según los Administradores al que le hemos pedido, actualización de esta situación. Solo nos pregunta en reunión Extraordinaria, una vez al año y cuando hay cambio de cargos y preguntan si se pone otra demanda. Yo como propietario y anterior secretario, nombre y deudas para intentar de hacer de mediador y dar un poco de luz a esta situación. De la cual la gestaría no me da dato, anteponiendo LOPD. Protección de dato.

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En este caso me pondría en manos de un abogado porque están los plazos de caducidad que incluyen una ley con modificaciones en este aspecto de por medio.

Si en junta se ha aprobado el inicio de acciones legales, es el presidente, el administrador aquí solo pinta dar información y el dinero, quien tiene que iniciarlas, por ser el que tiene la legítima representación de los vecinos. Es decir deberíais decirle a él que acuda a los juzgados a iniciar la reclamación (está la vía del procedimiento monitorio que es menos agresiva que un contencioso verbal más largo)

Mi consejo es que bajes a hablar con el presidente, le preguntes que por qué no se inicia el procedimiento de reclamación de deuda aprobado en junta, y en función de lo que te diga, pues si está receptivo buscáis un abogado e iniciáis el procedimiento.

Si no está receptivo, yo acudiría a un abogado para consultarle. Pero que sepáis que le tiempo juega en vuestra contra.

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