¿Deuda de comunidad de vecinos se paga con costas?
Tengo una deuda pendiente de comunidad de vecinos desde hace unos años (2011.) He intentado negociar con la gestoría que lleva la administración me dijeron que estaba en el juzgado y ya no se podía hacer nada. Ahora me llaman de la EMPRESA DE RECOBROS¨ para negociar una cuota extraordinaria añadida a la ordinaria, les he dicho que si, que dentro de mis posibilidades estoy dispuesto (deuda aproximad de 1200 eur.) Ahora me dicen que la deuda son 1200 +350 eur.( De las costas. De abogados)
Yo tengo entendido que las costas se refiere cuando hay una denuncia en el juzgado, hay una resolución y si el juez dictamina sentencia en firme, pues habrá que acatar las costas intereses o lo que corresponda.
Esto es así o estoy equivocado La (EMPRESA DE RECOBROS ) no me da ninguna explicación De lo que se refiere a (costas )SÓLO QUE PAGUE