¿Tiene que retener un farmacéutico en sus facturas al vender fórmulas magistrales?
Tengo un farmacéutico que ha comenzado a elaborar fórmulas magistrales y le he dado de alta en el epígrafe 835, vende a otras farmacias y le comenté que tiene que retener en sus facturas al ser una actividad profesional. ¿Es correcto? O hay otra forma de hacerlo para no tener que retener, ya que le comentan otros farmacéuticos que elaboran fórmulas que ellos nunca retienen en las facturas que emiten.
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Respuesta de Pedro abogado