Desgravación empresas de nueva creación

Invierto en empresas de nueva creación, para acogerme a la deducción de hacienda, pero tengo la siguiente duda.

Según aparece en el articulo 9.2 deducción por inversión en empresa, dice:

Las acciones o participaciones en la entidad deberán adquirirse por el contribuyente bien en el momento de la constitución de aquella o mediante ampliación de capital efectuada en los tres años siguientes a dicha constitución y permanecer en su patrimonio por un plazo superior a tres años e inferior a doce años.

Pero mi problema radica es que, mi visión es quedarme más haya de 12 años, en esa empresa, con una inversión de cara a la jubilación, y no vender mi participación a los 12 años.

Mi pregunta

, Me interesa declarar estas inversiones, sabiendo que me intención es no vender mi participación en principio a los 12 años.? Y en el caso que desgrave estas inversiones, y a los 12 años, no vendo la participación a que sanción me expongo, tendría que devolver el dinero que desgrave por esa inversión en el pasado o tendría una sanción mayor.

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Partiendo de la base que reúnas el resto de requisitos, como que no tengas una participación elevada con tu entorno familiar, y puedas considerarte un "bussiness angel" la idea de Hacienda es clara, tienes que irte de la empresa, sino vendes, lo que ocurrirá es que tendrás que devolver en el ejercicio de incumplimiento la deducción aplicada más los intereses de demora al tipo vigente en cada ejercicio económico, que pueda haber, actualmente es del 3.75%. Por lo que en principio no parece mala idea, deducir, siempre que cumpla todos los requisitos y la empresa haya informado de la inversión realizada en modelo declaración informativa establecida al efecto, porque la sanción simplemente es de carácter financiero, siempre que lo hagas voluntariamente claro está, si te pillan ya no es lo mismo.

La inversión no superan los 1000 euros, por empresa, por tanto tengo una participación depende de la empresa 3 a 10 participaciones.

Respecto a las empresas, siempre me han realizado un certificado conforme que cumple esa inversión los requisitos, para la desgravación, y en otras empresas me ha pasado que han quebrado, y he aportado el nombre de la empresa, y aporto mi transferencia conforme que realice mi inversión.

Por otra parte Hacienda, solo revisa las declaraciones los cuatro años anteriores, o esto no es así.

En este caso, sí que te controla que realices la desinversión en el plazo de 12 año máximo.

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