¿Puedo reclamar la mitad del recibo del IBI que le he estado pagando indebidamente a la empresa que me lo vendió?

Una empresa promotora me vendió la mitad de un local. Se hizo la segregación (se dividió) pero no se comunicó a Catastro. Antes no lo hacía el Notario (como tengo entendido que se hace ahora) y se quedó mal hecho. Ni lo hizo la empresa ni nosotros.

Esos años de contribución ¿puedo reclamarlos a la empresa que se ha beneficiado de no pagarlos? ¿Hay límite de años para reclamación?

1 respuesta

Respuesta

Si ha pagado algo que corresponde a otra persona puede reclamárselo, tiene el límite temporal de cuatro años, por tratarse de un impuesto

Gracias.

El límite de 4 años, ¿no es solo frente a la administración y a efectos fiscales? ¿también para los particulares?

Efectivamente ahí podría aplicarse la prescripción de cinco años

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