Puede haber mala fe de una SL ¿Si un consumidor se acoge a su derecho de desistimiento y esta empresa ni le contesta?

Si una empresa compraventa de coches, recibe el desistimiento de la compra de un vehículo por parte de un consumidor. Hecho esto en forma y tiempo correcto y la empresa ignora el procedimiento y no contesta. Este comportamiento ¿se podría considerar mala fe por parte de los administradores?. Y en caso de una demanda ¿deberían de responder con su patrimonio personal, o por el contrario solo respondería la empresa con los bienes que tuviera la S.L.?

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Contesto a sus preguntas: ¿Se podría considerar mala fe por parte de los administradores?. NO. Actuar de mala fe exige otra conducta mas grave, que dejar de responder a un comunicado, que, a lo mejor, ni siquiera fue fehaciente.

¿Deberían de responder con su patrimonio personal, o por el contrario solo respondería la empresa con los bienes que tuviera la S.L.? NO, para que los administradores respondan de las deudas sociales se deben dar unos requisitos que no concurrenen este supuesto

¡Gracias! 

Buenas noches , el comunicado si se hizo con constancia por escrito, se le envió un burofaz, y tengo la copia de entrega así como el certificado de contenido firmado por correos. Yo lo pregunto porque en la ley de defensa del consumidor describe que la empresa no se puede negar al desistimiento. O eso es lo que yo entiendo. Además hay más irregularidades en cuanto a la oferta de la publicidad que esta empresa realiza.

En tal caso reclamele la devolución de lo que haya pagado

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