Contrato arras: ¿Mención a la carga hipotecaria?

Mi hermano va a comprar una vivienda de segunda mano por 75.000€. En la inmobiliaria, al enseñarnos la nota simple, vemos que hay una hipoteca de 50.000€. Nos dicen que actualmente la deuda es menor, que nos aportarán para el día de la firma del contrato de arras una certificación del banco con la cantidad exacta de la deuda, y que cuando se haga la escritura, dentro de 45 días naturales, tendremos que preparar dos cheques, uno para el banco, y cancelar la hipoteca y la cantidad sobrante, hasta los 75.000€, para el vendendor.

Pregunta: ¿Debería hacerse alguna mención a todo esto en el contrato de arras? No veo que en ningun momento se deja constancia de que la vivienda esta gravada por una hipoteca. Es más, sólo se dice que se vente libre de cargas, y que el precio son 75.000€ menos lo que daremos de señal (7.500€) Me mosquea un poco... No vaya a ser que el día de la firma nos pidan pagar al banco el importe restante de la hipoteca... Y a parte, los 67.500€ al vendedor.

3 respuestas

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie y ayude con su caso concreto.

Hay que estudiar el contrato concreto de arras. Pero como norma general si hay una hipoteca pendiente si suele indicarse, aunque realmente usted ha de comprar libre de cargas en el momento de la firma en notaria, y eso si se hace como le han indicado.

El problema suele ser que la inmobiliarias utilizan un contrato modelo que no se molestan en adecuar al caso concreto en muchos casos.

El importe exacto del talón para el pago de la hipoteca, se lo dirán unos días antes, cuando sepan exactamente cuando se firma, pues han de calcular los intereses a esa fecha. Y el banco de usted ha de hacer el talón bancario a la entidad financiera de la hipoteca. Y para el resto, a nombre del vendedor.

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En el contrato de arraa si dice que está libre de cargas es que no tiene hipoteca.

Podéis cambiarlo por algo que diga "se encuentra a la fecha de este contrato gravada por una hipoteca y se entregará libre de cargas".

Por otro lado, eso de pagar en dos cheques es totalmente lícito y lógico pero ¿habéis pensado en que si tu le das dos cheques así es que a la hora de la compraventa aun no está libre de cargas, y que tras liquidar la hipoteca el vendedor ha de registrar la cancelación de la hipoteca en el registro y eso cuesta?

Yo añadiría la parte de la existencia de la hipoteca y que a la hora de la compraventa el vendedor se compromete a entregarla libre de cargas y asumiendo cualesquiera gastos administrativos y legales que conlleve esa cancelación.

Si no quiere acceder, buscad otro piso.

¡Gracias! 

Añadiremos el matiz que comentas.

"el inmueble se encuentra, a la fecha de este contrato, gravado por una hipoteca y se entregará libre de cargas"

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