Derechos del usufructuario de una vivienda

Mi padre falleció y dejó el usufructo de una vivienda a mi madre. Tras esto, los cuatro hermanos incluida mi madre, firmamos un contrato privado, haciendo repartición de determinados bienes, sin pasarlo por notaría. La casa se repartió con el consentimiento de mi madre, entre tres de los hermanos, quienes ante la situación ruinosa de la casa, se tiró y construyó de nuevo, pagando cada uno su piso. Ahora bien, con el tiempo la relación entre los hermanos es nula y mi madre está ya incapacitada y la tutoría la tiene mi hermana, quién vive con mi madre en uno de los pisos que hicimos. El caso, ahora, la tutora( mi hermana) me reclama el usufructo de mi madre del piso que yo pagué y tengo alquilo. ¿Puede tener derecho a ello? Ella no paga nada por estar en su casa cuando el usufructo también es de mi madre. Ayúdenme por favor, si le dan el usufructo no puedo pagar la hipoteca de la casa.

2 respuestas

Respuesta
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Entendemos que es conforme a la normativa de España.

Las herencias son complejas y en su caso más, pues no esta realizada completa y en documento publico y por lo tanto entendemos sin cambio en el registro de la propiedad... Por lo tanto, debe ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude.

Posiblemente cuando hicieron el reparto privado, no se hiciera conforme a la legislación, en cuanto al posible usufructo de viuda, incluso en cuanto a los posibles gananciales de su madre. Por lo tanto habría que estudiar esto, pero las viudas tienen un derecho de usufructo que en determinados casos se compensa en la adjudicación de la herencia.

Gracias por contestar!! Sé que es un caso muy complejo pero en el caso de que un juez le fuera el usufructo y en su caso pudiera alquilar mi piso, podría sacar todo el mobiliario que hay en el, no?

El mobiliario forma parte del ajuar... que también se reparte y forma parte de la base imponible del impuesto de sucesiones...

Como norma general, usted tendrá el mismo porcentaje de vivienda que de ajuar (mobiliario).

En cualquier caso, si hay muebles que compro usted, podría retirarlos, pero debería tener justificación (facturas) de haberlo comprado usted, por si le reclamaran los demás propietarios.

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Las leyes en cada país son diferentes, así que a que te refieres con el usufructo, la casa esta hipotecada o intestada ya que desde ahí puede estar el origen del problema que no se resolvió antes de hacer cualquier movimiento, y lo de la repartición no se hizo legalmente pues no se podía realizar legalmente, ahora para que tu hermana pueda reclamar tiene que ser legalmente la tutora de tu madre, si no lo es no puede exigirte nada ya que cualquiera de los hijos puede ser su tutor y como aquí la dueña viene siendo tu madre tu podrías exigir que se te pague lo que tu invertiste siempre y cuando tengas manera de demostrarlo y tengas copia de ese documento que hicieron entre ustedes...

Muchas gracias por contestar, decir que mi hermana es tutora legal, y claro que tengo todas las facturas de la obra y todo lo que me gasté en la vivienda! 

Pues aquí tendrías que iniciar un proceso legal por lo menos para recuperar lo que invertistes pues no fue legalizada la repartición, pero necesitas de un abogado para que te asesore y lleve tu caso, pues antes de que tu madre pudiera hacer una repartición, la vivienda primero debe de estar a su nombre, y si dices que tu madre ya esta incapacitada, al parecer tu hermana es la que quiere manipular las cosas...

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