Días atrás me denunciaron en un parque por no llevar el D.N.I.

Soy pensionista y cobro el salario mínimo interprofesional, (S.M.I.) 656.90,€ ¿Pueden embargar la pensión? ¿Dónde reclamaría?

Respuesta
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Si le han denunciado será por haberse resistido a identificarse o habrá "molestado" a los agentes. Por no llevar el DNI no se multa, se multa por no identificarse (carnet de conducir, tarjeta con foto...) Y en el caso que no pueda identificarse en el momento puede llevar su dni luego a la comisaría, así no habría sanción por "No querer identificarse".

Si le llevaron a comisaría para identificación tenían que tener una justificación para ello (ser sospechoso de algo malo, que se parezca a alguien que buscan...).

Por todo ello si le han sancionado indebidamente eso debería ser recurrido y no aceptado.

Pero si fue en el calor de un conflicto con la policía pues es una multa que habrá que pagar como cualquier otra. Yo trataría primero aclarar si la multa corresponde o no y luego si hay que pagarla ver si se puede fraccionar por sus circunstancias, no llegar hasta un embargo.

Hola, con la policía no fue, tampoco tengo antecedentes policiales o judiciales. Los hechos fue con La P.G.C en el parque, había sacado los perros, a 800Mts. De mi casa. Le di mi D.N.I,dirección, F. nacimiento, comprobaron los civiles los datos... todo correcto, asta ay bien. Dr pronto salta el compañero y me dice, le vamos a denunciar por no llevar la documentación, me pusieron 200€, y reducida 50% si lo paga antes de 15,días.

No soy abogado, pero buscando información para poder ayudarle hay muchos foros en internet donde se habla del tema, y el caso que describe que no se negó ni estaba haciendo mada malo... No corresponde multa "por no llevar dni", otra cosa es una multa por los perros sin atar...

A ver si algún abogado nos ilumina en cómo proceder.

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