Contrato Interinidad: Riesgo durante el embarazo + Maternidad

¿Puedo formalizar un sólo contrato de interinidad que cubra el riesgo durante el embarazo y la posterior maternidad, teniendo en cuenta que van a ser continuos?

Aclarar que no estoy interesado en bonificarme ninguna de las dos situaciones, si se pudiese. Únicamente pretendo no hacer movimiento contractual ni en Seguridad Social al pasar de una situación a la siguiente.

1 Respuesta

Respuesta

En contrato de interinidad se formaliza para sustituir a un trabajador durante el tiempo que no pueda ejercer su trabajo por la circunstancia que sea, por lo que es posible enlazar ambas, en el contrato inicial se indica la causa de sustitución, por lo que indicando que la sustitución se prolongará durante ambas bajas lo podría hacer, de cara a seguridad social tampoco tendría que hacer ningún movimiento, en el momento de la maternidad, hacen el cambio automáticamente. Los tramites de comunicación de la baja los debe hacer su gestaría directamente.

En cuanto a la bonificacion, si la sustituye con un trabajador desempleado si podría optar a ella durante toda la sustitución.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas