Participación de la lonjas en gastos tejado según los estatutos de la comunidad
En mi comunidad tenemos que hacer arreglos en el tejado y tenemos dudas si las lonjas tienen que participar en la cuota.
En los Estatutos de la Comunidad en uno de los puntos dice:
"Los gastos de conservación y reparación del tejado de la casa y los gastos de medianerías, canalizaciones, desagües, tuberías y revoque de fachadas que no hagan referencia o no correspondan a los locales de la planta baja, serán satisfechos por los propietarios de las viviendas de los piso en la siguiente proporción, quedando por consiguiente excluidos de contribuir en los mismos los dueños que sean de los precitados locales de la planta baja:...(a continuación de describen los porcentajes)."
En el último punto dice:
"La participación atribuida a cada uno de los propietarios de locales de planta baja y vivienda de cada uno de los pisos de la casa en los elementos comunes de la misma, será la siguiente: Los propietarios de cada una de las lonjas de la planta baja, tendrán un10% y ...(sigue con los porcentajes por vivienda)."
En la Comunidad tenemos dudas, porque según la ley el tejado es elemento común, y las lonjas no quieren pagar porque dicen que no les corresponde.
Si alguien nos lo puede aclarar.