I. Hola Abdu Salam, en mi ignorancia pienso que podría pedirla sin ningún problema porque por desgracia se estan dando las circunstancias apropiadas para que no pueda realizar su trabajo de la manera adecuada, y en base a los cuadros clínicos que presenta, cabe la posibilidad de que nunca más sea capaz de desempeñar una labor de este tipo.
Creo que debe solicitarse en una oficina de INSS pero no lo recuerdo, en estos enlaces se explica en que consiste la incapacidad permanente y como realizar todo el proceso de solicitud
https://loentiendo.com/la-incapacidad-permanente-absoluta/
https://www.campmanyabogados.com/blog/incapacidad-permanente/solicitud
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Direcciones/GestionTelefonica/176568
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** Está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad permanente reconocido.
- Incapacidad permanente parcial, consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
- Incapacidad permanente total, 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual.
- Incapacidad permanente absoluta, 100% de la base reguladora.
- Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.
Tambien existe una prestación/subsidio de 350€ para personas mayores de 45 o 55 años, me parece que no es incompatible con el resto de subsidios y ayudas. Mucho ánimo y suerte.