Empresa Link finanzas me reclama dinero

He recibido una carta por parte de esta empresa, diciendo que tengo una deuda previa con una empresa anterior llamada AIQON Capital, donde me "informan" de que van a reclamar judicialmente dicha deuda, de la que me dan un número de contrato como única información.

Me dicen que la deuda es de un problema anterior con el banco, la CAM, por una deuda de una empresa de la que soy administradora, dicha empresa hace ya varios años que no tiene actividad y yo tenía entendido que los temas con la CAM se habían saldado y no quedaban deudas con ellos, aunque soy la administradora de dicha sociedad, no manejaba la parte contable y no dispongo de documentación sobre ello.

¿Qué puedo hacer?. No sé muy bien como debo proceder con este problema, la deuda que me reclaman es de 1200 euros (que no tengo) y el contenido de la carta es apabullante y estoy bastante asustada con el tema de la amenaza del requerimiento judicial.

2 respuestas

Respuesta
1

Lo primero es informarse de la posible deuda, para lo que lo que puede solicitar a esta empresa de cobros le facilite la información concreta de la deuda. No solo el importe.

Y usted tendrá que verificar si se pago o no... Puede solicitar información directamente a la entidad financiera Caixa, que es la que se quedo con la CAM.

Como norma general, si la deuda existe, estas empresas suelen conceder un pago aplazado en unos caos y una quita en otros...

Las entidades financieras venden las deudas en muchos casos a empresas como estas de recobro.

Gracias por la respuesta, ¿lo que debo hacer entonces es pedirles información y documentación sobre la deuda? ¿están obligados a proporcionarme esa información? y en caso de que no me la hagan llegar o encuentre que la deuda no es real ¿cómo debo proceder?. Gracias de nuevo

Debería ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Efectivamente debe pedirles, mejor por escrito, que le remitan información sobre la deuda concreta.

Como a usted le reclaman deudas de una sociedad, no puede actuar como consumidor, por lo tanto, la vía de consumo no la puede utilizar, que es la formula mas económica y habitual.

Si no le contestan puede presentar una reclamación en la Agencia Española de Protección de datos.

Si le mandan información sobre la deuda y usted la debe (es posible que sean comisiones por no cerrar una cuenta, cosa muy habitual), pues negocie para pagar.

Si no es una deuda real, tendrá que indicarlo a la empresa de cobros y si llegaran a reclamar judicialmente aportar la documentación de que disponga. Normalmente si le presentan procedimiento judicial será un monitorio, que si usted se opone se transforma en un verbal... Donde ellos deben demostrar la existencia de la deuda y usted debería demostrar el pago si existía esa deuda.

Muchas gracias de nuevo, una ultima duda ¿podrá extender un poco más cómo debo hacer la reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos?. Es un caso de ignorancia por mi parte acerca del tema, pero no comprendo porqué debo dirigirme a dicha agencia para está cuestión, quiero decir que, esto no es un caso de proteccion de datos ¿no?

Usted realiza una solicitud de acceso a sus datos, cuando solicita la información completa de la deuda que tiene y le reclaman. Si no le contestan, están incumpliendo con la normativa de protección de datos y por eso puede presentar una reclamación. Si además, le incluyen en un fichero de morosidad, también pueden estar incumpliendo...

Respuesta

Mi cibsejo es que si la carta viene por correo ordinario me esperaría y no haría nada. Es un brindis al sol de las empresas de recobros, si logran algún "primo" que responde a esa carta eso que se ahorran en procedimiento posterior que muchas veces no están dispuestos a asumir.

Si contestas esas comunicaciones, siempre que hayan sido hechas por correo ordinario, a efectos de notificaciones es como si hubieras conocido de la deuda (que no asumirla) y a efecfos de plazos empezarían a contar.

Dejales que se gasten dinero esns procesimientos o pasos legales que ddeben y no quieren cumplir.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas