¿Pueden reclamarme una deuda judicialmente si fue la financiera la que me dejo de pasar los recibos?

Hace dos años que tuve un problema con una entidad en la que tenia un préstamo personal de 6000€, del cual estaban pagados 3700€ y una compra financiada por importe de 3000€ de la cual quedaban por pagar 900€. Infringieron la ley de protección de Datos por lo que les mande un burofax con una reclamación diciéndoles que si lo volvían a hacer lo comunicaría a la agencia española de Protección de Datos y al Banco de España. Recibí una contestación suya en la que me pedían disculpas en repetidas ocasiones y en la que me decían que tomarían medidas en su empresa para que no volviera a suceder, que no me preocupara y que me pasarían el recibo del siguiente mes como siempre ya que mis recibos estaban al día y no había ningún problema.

Llame para cambiar la cuenta de domiciliación bancaria y me dijeron que mi expediente estaba "bloqueado" en atención al cliente por la reclamación que había puesto y que hasta que este departamento no lo desbloqueara no se podía hacer nada.

De eso hace ahora dos años, no me han pasado ningún recibo al banco, no me han llamado, no he recibido ningún sms, no he recibido ninguna carta certificada, solamente una por correo ordinario en la que me indicaban que estaban a mi servicio y que la entidad ahora pasaba a llamarse de otra forma, entiendo que porque lo habrán vendido.

Ayer recibí un sms que mi deuda había pasado a contencioso, que me incrementaban la deuda por daños y perjuicios y que llamara a un numero de teléfono para más información.

No entiendo nada, puesto que yo en ningún momento me he negado a pagar, han sido ellos los que no me han pasado el cargo al banco.

¿Es legal lo que hacen? ¿Pueden pedirme el total del importe? ¿Me pueden llevar a juicio?

1 Respuesta

Respuesta
1

Lo primero que hay que hacer, aunque es mas fácil decirlo que hacerlo, es guardar la calma. Usted estaba pagando un préstamo y que no haya recibido las domiciliaciones no significa que no debiera seguir pagando.

Para que la Entidad financiera reclame el vencimiento anticipado, debe demostrar que usted ha incumplido y ha devuelto los recibos. Si usted está seguro que no los han pasado al cobro, en el momento que le reclamen del juzgado el pago de la deuda total, opóngase a la demanda, por hallarse al corriente de pago.

Lo mas probable es que el teléfono que le han dado no corresponda a la financiera, sino a un departamento de cobros externo. La manera de proceder es la misma. Exija un desglose de la deuda y de los recibos pasados al cobro y devueltos. Verifique en su banco que no hayan sido devueltos.

Obviamente yo tengo la obligación de pagar, pero no voy a ser quien les diga que me lo tienen que cobrar...

Tengo la documentación de mi banco como que no me han pasado los recibos y que la cuenta esta disponible y con orden de cargo de dichos recibos, que no han sido devueltos porque no les ha llegado ningún recibo de esa entidad.

He recibido una carta en la que me indican que como no han conseguido resolver el impago amigablemente me van a poner un monitorio, ¿sino he tenido noticias suyas como pueden decir que no hemos llegado a un acuerdo amistoso?, ¿sin cartas, ni llamadas, ni cartas certificadas pueden decir que yo me he negado a pagar?

Como ya le he dicho, si deciden reclamarle judicialmente, usted podrá oponerse al procedimiento, máxime si tiene usted la documentación que acredita este extremo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas