Categoría en la cesión ilegal de trabajadores?

Llevo 10 años en la misma empresa contrata prestando servicios para una multinacional. 4 de ellos de of 3. 3 más de of2. Y 2 de of1. El caso es que ahora estamos pensando en denunciarlos por prestamismo laboral. Sabiendo que la empresa multinacional no tiene ni oficiales de 3 ni de segunda. En el caso de que me quisieran indemnizar contaría los años de segunda y tercera. O solo los de primera.

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En caso de reconocerse la cesión ilegal, pasarían a formar parte de la plantilla de la empresa. Y por lo tanto debería indeminzarlos por tener derecho retroactivo a las diferencias salariales.

Entiendo por tanto que si se deberían pagar todas las diferencias salariales, según art. 43 ET.

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