Plazo de respuesta de un Ayuntamiento a una solicitud

He solicitado a mi Ayuntamiento una copia de los plenos celebrados, ya que me interesan uno de los temas que han tratado, pero no sé en qué pleno fué tratado.

Quisiera saber si existe algún plazo fijado para que un Ayuntamiento responda a esa solicitud de entrega de los plenos celebrados.

En la secretaría me dicen que son tres meses, y que van a agotar el plazo. Y que si el alcalde no lo autoriza, el secretario no puede entregar nada.

¿Realmente es ese plazo, o me están tomando el pelo para no darme nada? ¿Debe autorizarlo el alcalde, o puede certificarlo el secretario?

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El plazo que le dicen es el general para contestar a cualquier petición de un ciudadano.

Considero que debe autorizarlo el, Alcalde.

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