¿Cuánto nos cobraría hacienda en venta de proindivisos?
En 1 piso más garaje entre 5 nudos propietarios con usufructuario temporal (5 años), 4 nudos propietario queremos vender a una empresa especializada,,, nos ofrece la mitad del valor mínimo atribuible.
¿Al vender tan barato nos penalizaría hacienda de alguna forma?
1 Respuesta
No entiendo, la empresa nos ofrece por el piso y parcela (puestos a 200.000) 100.000 euros entre los 4 nudos propietarios. ¿Qué problemas podríamos tener?,¿Deberíamos informar a el quinto nudo propietario y al usufructuario?
Hacienda, en realidad la hacienda autonómica no va a dar por buena una valoración, a efectos fiscales, sensiblemente menor que sus valores de referencia
¿Y eso que quiere decir? Se hace la venta y que habría que pagar a hacienda por venderlo por menos importe?
Eso quiere decir que la hacienda autonómica rectificará la liquidación del ITP que presente el comprador y eso afectará a ustedes en su IRPF
Si el piso tiene un valor mínimo de 200.000 y el comprador nos da 100.000 para 4...(25.000 a cada uno)...¿cuánto nos quitaría hacienda?
Gracias y saludos.
Hacienda, o sea la agencia tributaria, les exigirá el 19/23% de la ganancia que obtengan en la venta.
Serian de 25.000 unos 6000 euros...
Yo creo que esta bien para deshacerse de un proindiviso ¿no?
¿No habría más impuestos, no? ¿Cómo ve este tipo de compradores?
Gracias y saludos.
Pero si no hay ganancia... habría una perdida de 15-20.000 euros...
También nos han dicho en la notaria que no podemos vender los 4 trozos sin el consentimiento del usufructuario y del otro trozo... en cambio el abogado que nos quiere comprar los 4 trozos dice que no hace falta...¿Quién tiene razón?
Si no hay ganancia no tributarán por IRPF.
Más que consentir en la venta, los otros condueños tienen derecho de adquisición preferente.
Esta empresa(acp manegement) dice que no hace falta ofrecer las 4 partes al quinto para su venta...se puede vender sin decir nada al usufructuario ni a la quinta parte...
De querer tomar acciones solo podrían tomarlas contra el comprador.
Lo que tengo dudas es si al vender muy por debajo del VMI hacienda no meta mano por la diferencia.
Le reitero lo dicho:
Hacienda, en realidad la hacienda autonómica no va a dar por buena una valoración, a efectos fiscales, sensiblemente menor que sus valores de referencia
Si el valor referencial es de 160.000 euros, los impuestos se liquidarán sobre esta base; siempre pueden recurrirla.
Entonces si esta puesto en la aceptación de herencia el valor de 40.000 por trozo (garaje más piso...)serian 40.000 menos 25.000 igual: 15.000 menos el 23%,,, ¿serian 3500 a pagar cada uno solamente?
Perdone, pero me parece que estamos mezclando “churras con merinas”, no sé si se está refiriendo al valor de la nuda propiedad o al del dominio pleno.
El valor de la nuda propiedad de cada 1 son 40.000 euros...
Esta empresa, especializada en comprar proindivisos con usufructuario dentro ,nos lo compra por 25.000 euros a cada 1 de los 4 nudos propietarios...dejando el quinto nudo propietario y el usufructuario,,,sin saber nada.
Quería saber si al vender por debajo del precio mínimo que da la diputación,que importe habría que pagar a hacienda...
Si el valor referencial es 40.000 y ustedes consignan 25.000 al comprador le liquidaron 15.000 más en ITP, y a ustedes en IRPF, salvo que lo impugnen.
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