¿Cuándo hay que pagar a la inmobiliaria?

La semana que viene firmo el contrato de compraventa (soy la compradora). La agencia inmobiliaria me dice que les tengo que pagar los honorarios antes del día de la firma. ¿Y si en el último momento pasa algo y no llegamos a firmar? ¿Por qué les tengo que abonar los honorarios antes de cerrar la compra? ¿Qué dice la ley en este caso?

2 respuestas

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y especialmente el contrato firmado con ellos.

Como norma general, se paga en el mismo notario en el momento de la compra... pero dependerá de las condiciones del contrato.

Usted lleva un talón bancario por la comisión bancaria a nombre de la inmobiliaria al notario y se lo entrega en la misma notaria. Incluso en algunas escrituras se hace constar. Ellos deben entregarle la factura correspondiente.

Respuesta

Lo de las inmobiliarias es complicado. Es importante saber si tú has firmado con ellos algún contrato previo o has aceptado con ellos algún tipo de cláusula. Y es que hablamos de la venta de un servicio, que además los hay que cobran 30 € la hora y los hay que cobran 3.000, solo a una parte o a las dos.

Si tú no les has firmado ningún contrato al ver el piso (normalmente te ofrecen contratos de exclusividad o te dicen que debes firmarles un documento en donde conste la visita y alguna que otra cosilla más), deberías remitirlos al día de la firma de la hipoteca.

Ahora bien, si has firmado algún documento, asegúrate de que entiendes lo que pone y, como te dice el compañero, ante la duda consúltalo con un abogado.

Los contratos tienen en general una gran cabida, mientras ambas partes lo firmen, se pueden poner muchas cosas.

¡Suerte!

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