Depreciación de puerta de garaje motorizada
Soy el perjudicado por un siniestro: un automóvil chocó contra la puerta del garaje. Tras buscar varios presupuestos, la he sustituido, incluido el motor que también quedó afectado, con un coste de 1800€ que he pagado yo ( 1300 la puerta y 500 el motor). La compañía de seguros del vehículo ofrece una cantidad menor, 1400€, aduciendo la antigüedad de puerta y motor (7 años) Yo podría estar de acuerdo en la depreciación del motor, pero no en la de la puerta, ya que es una estructura rígida de acero cubierta de chapa sin mecanismos ni articulaciones, con una larga vida útil. He insistido en esto un par de veces y me han contestado que se aplica la depreciación tanto a la puerta como al motor. ¿En qué me más me puedo basar ( ley del seguro, claúsula del seguro, jurisprudencia) para reclamar que me abonen el total.