Impuestos trabajo en el extranjero

Soy español y estoy empadronado en Oviedo. Los últimos años he estado trabajando para una empresa estadounidense de espectáculos realizando mi labor fuera de España. Mi trabajo se desarrolla durante las giras mundiales de los diferentes espectáculos, cambiando de país prácticamente cada dos o tres semanas. No pago impuestos en Estados Unidos, ya que ni soy ciudadano americano ni trabajo allí. Mi duda es cual es mi situación con la Hacienda Publica española, ya que ni trabajo en España ni para una empresa española pero, cuando no trabajo (unos dos meses al año) vivo en España y no pago impuestos en otro país, estoy como en un limbo fiscal.

También me gustaría saber si, en esta situación, hay alguna manera de cotizar voluntariamente a la Seguridad Social, ya que tampoco estoy cotizando en ningún sitio.

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En tu oficina de la Seguridad social te tienen que informar del convenio bilateral de la seguridad social España-EEUU y como se puede aplicar a tu caso.

http://www.mitramiss.gob.es/es/mundo/consejerias/eeuu/pensiones/contenidos/ConvEspec.htm 

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Lo importante es determinar la residencia fiscal. Usted puede pedir un certificado de residencia fiscal  aquí https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G305.shtml 

Le confirmarán si es residente, y entonces podrá cotizar como autónomo en la S. Social. En mi opinión usted es residente fiscal en España, así en el art.9 de la Ley de IRPF, indica que lo será si reside más de 183 días en nuestro país, pero a contrario sensu tampoco los reside en ningún otro país, ni tiene acreditada la residencia fiscal en otro país. Otro indicativo es dónde radica el núcleo de sus intereses económicos, si por ejemplo obtiene la mayoría de ingresos provenientes de España, o dónde esté su núcleo afectivo por defecto, su mujer e hijos, una presunción que se puede destruir, pero si nos atenemos a lo que se indica en los convenios de la OCEDE, dónde radique su vivienda permanente, parece que usted tiene una, y es en Oviedo, el siguiente parámetro es la nacionalidad, y usted es Español, por lo que a mi modo de ver, de sus comentarios, usted es paradójicamente residente en España, y es aquí dónde debería de tributar por su renta mundial, aplicando el convenio de doble imposición con EEUU, si es su pagador habitual y le retienen alguna cantidad, esta podría imputársela en su declaración de renta en España.

Salvo mejor opinión.

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