Yo tengo una deuda de un coche no pude pagarlo y ahora le vino notificación juzgado al avalista ya fallecido.puede quitarle piso

Es una deuda de un coche que no pude pagar... Ahora le llego notificación del juzgado al avalista ya fallecido... ¿a su hija le llego le pueden embargar el piso? ¿O sus cuentas bancarias? ¿Qué puedo hacer yo para pagar poco a poco?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

Como norma general se avala con todos los bienes presentes y futuros, por lo tanto, a los herederos (siempre que no hayan renunciado a la herencia), les pueden embargar los bienes... normalmente salarios y cuentas bancarias, pero si el importe es elevado, podrían llegar a anotar embargos en inmuebles por ejemplo...

¿Se deberá 18.000e por un coche... te quitan un piso valorado en 150.000e.y que puedo hacer yo como deudora??gracias

Si usted es la deudora, lo que debe hacer es pagar...

Una cosa es anotar el embargo y otra ejecutar el mismo. Normalmente embargaran las cuentas bancarias y nominas (en lo legalmente establecido). Y si no hay donde cobrar, pues si puede que soliciten la anotación de embargo... con lo cual la carga figurará en el registro de la propiedad. Solo en casos excepcionales se solicita la ejecución del embargo, saliendo el inmueble a subasta.

Es posible que el avalista puede intentar reclamarle lo que le embarguen a él a usted, incluso judicialmente.

Cuanto tiempo suele pasar de la notificación judicial que te llega a casa.. ¿por juzgado de 1 instancia a ejecución judicial? Saludos. Gracias

Como ya le hemos indicado, una cosa en anotar el embargo y otra la ejecución del mismo.

Cada juzgado tiene unos plazos y no es posible indicarle un plazo concreto, pues depende de la carga de trabajo.

Antes de anotar el embargo deberían notificarle, pero no esta de más personarse en el procedimiento para asegurarse que le notifican, con un procurador habitualmente.

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