Legalmente puedo cambiar la semana que me tocan mis hijos por tema laboral?

Buenas tardes!
Por motivos de salut tuve que cojer unos meses la baja en mi puesto de trabajo. Al volver la empresa me a cambiado mi turno mi super problema es que soy padre separado de dos niños uno de 6 otro de 8 con tan mala suerte que la incorporación a sido en la semana larga
Semana larga:trabajo 5 días y 2 fiesta
Semana corta:trabajo 2 días y 5 fiesta
Mi turno es de 9 a 21 la larga es la que me tocan no puedo hacerme cargo de mis hijos
Mi ex mujer no me la quiere cambiar.
¿Legalmente puedo conseguir que ella me la cambié?
Si alguien me puede ayudar!

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Efectivamente, cuando cambian las circunstancias, los padres pueden presentar una demanda de modificación de medidas en la custodia – ya sea de mutuo acuerdo o por lo contencioso. Como tu ex mujer no está de acuerdo, entonces será un juez quien decida si tu solicitud sería aprobada o no.

Ahora bien, uno de los requisitos para que la demanda sea aprobada es que ese cambio que presentas como el motivo de la demanda, sea permanente. Si no se puede probar la continuidad y estabilidad de las circunstancias, o sea, en tu caso, si el cambio de tu turno puede otra vez ser cambiado, el juez desestimará tu demanda. Como puedes imaginar, es difícil que en tu trabajo te aseguren que vas a seguir en el mismo turno mucho tiempo – ahora te han cambio tu horario, sin avisarte, sin preguntarte, y lo pueden volver a hacerlo. ¿Y sí un día encuentras otro trabajo y tendrá un horario totalmente diferente del actual? ¿Otra vez tendrías que pedir que te cambien las semanas de la cuida de los niños?

Además, ten en cuenta que si ante el juez le dirás que te resulta imposible cambiar tu horario de trabajo (o buscarte un otro trabajo compatible con la custodia), el juez puede considerar que tus horarios laborales no son compatibles con tu trabajo, y si es el abogado de tu ex mujer expresará la necesidad de custodia exclusiva (debido que tu trabajo no te permite cuidar de los niños), podrías incluso perder la custodia compartida.

Es de sentido común – la madre de tus hijos igualmente un día podría encontrar un trabajo cuyo turno sea no compatible con la semana que ella tiene los hijos, y entonces, pedirte en cambio de las semanas. Si tú estuvieras cómodo con tu horario actual, ¿lo aceptarías fácilmente?

Sinceramente, pienso que la solución más fácil es buscar un compromiso en tu trabajo, y si no es posible, buscar otro trabajo. Porque, como he dicho, exponer tu indisponibilidad de cuidar de tus hijos antes del juez puede ser peligroso, y aquí tu ex mujer puede tener la ventaja. El juez pensará en el bien de tus hijos – si le dices que no puedes adaptar tus horarios a la cuida de tus niños, es probable que el juez considere que la custodia compartida no sea la mejor opción para vuestro caso. Si el juez sabrá que tus hijos están con las terceras personas porque tú trabajas y no puedes atenderlos, y no puedes cambiar tus horarios, entonces puede decidir que la custodia compartida, debido al cambio de tus circunstancias laborales, ya no es factible.

Por supuesto, si la relación con tu ex mujer no es mala y crees que su horario laboral podría permitirle ese cambio de semanas, yo que tú buscaría maneras, si es posible, de llegar a un acuerdo amistoso con ella. Eso sí, si estás seguro de que tu nuevo turno durará mucho tiempo – si no, no tiene ningún sentido…

¡Gracias!

Es un trabajo de mucho tiempo... 

Llevo más de diez años en la empresa

Espero poder convencerla!! 😥😥

Tengo a mi  pareja que se puede quedar con ellos pero soy yo quien quiere estar con ellos... 

Los echo de menos... 

Muchas gracias por tu respuesta ya te contaré haber que tal! 

Muchas gracias

¿Pero si eres un buen trabajador, la empresa no te podría hacer el favor y devolverte tu turno anterior? ¿Supongo qué les has expresado la importancia de tus motivos?

El problema es el compañero que me tendría que cambiar el turno

¿Legalmente sabes si la empresa me tendría que solucionar el tema de horario? Al ser niños menores... Con lo de la conciliación familiar y laboral algo así creo que se llama.

La ley dice que "se tendría derecho a la elección de turno, si con ello no se pone el funcionamiento de la empresa en dificultades organizativas suficientemente importantes".

O sea, que si la empresa no quiere (o no puede) auydarte, motivando con las dificultades organizativas, solo un juez podría obligarles a hacerlo (o no).

Como puedes imaginar, llegar a los juzgados es la última vía que se podría recomendar, siempre es mejor buscar acuerdos amistosos entre las partes.

¿Y has hablado con ese compañero?

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