Mi hermana a fallecido el 23 de febrero 2019. Deja un coche de herencia y un préstamo. ¿Debemos pagar madre o hermanos?

Mi hermana a fallecido el 23 de febrero 2019. Deja un coche que está adecuado a discapacitados, porque ella tenía discapacidad del 96%, además deja 2 cuentas en las que había unos 1200€ que fueron retirados el 25 de febrero por cajero automático por mi, ya que tenía sus claves. Además deja deuda de un préstamo de 15000€ concedido hace un mes, por lo que no se han cobrado nada aún, ya que las cuentas están a 0. Además el préstamo se firmó sólo por ella sin avales, ni seguros de vida. ¿Quién debe pagar ese préstamo?. ¿Y si no aceptamos furgón como herencia? ¿Y si, sí lo aceptamos? ¿Y qué pasa con el dinero retirado 2 días después de su fallecimiento? ¿Es ilegal haberlo sacado?

3 Respuestas

Respuesta

Para empezar debéis renunciar a la herencia. Un notario os lo arreglará.

El punto peliagudo es la retirada de fondos del cajero. Mejor que ni lo menciones.

Respuesta

Deuda de 15.000 euros. Mala idea la de haber retirado el dinero. Consulta con un abogado y que os asesore como arreglarlo.

Si no ha habido comunicación al banco del fallecimiento, tampoco hay bloqueo de cuentas.

Si tienes las claves para sacar del cajero, también te pueden servir para ingresar a través del cajero y dejarlo el saldo como estaba.

Sería interesante que te respondiera alguno de los abogados de este foro sobre como proceder en estos momentos, porque lo que has hecho muy correcto no es, pero todavía no ha pasado demasiado tiempo;

Pero, teniendo en cuenta que se trata de un foro anónimo, también sería interesante que los datos aportados fueran unívocos y claros, porque la respuesta puede variar en función de que las circunstancias sean unas u otras.

Respuesta

Mal asunto haber sacado el dinero. Al ser mayor la deuda(15mil) que la herencia (1200+coche)os convendría aceptar la herencia a beneficio de inventario, es decir respondéis de deudas hasta el importe de la herencia. Además si tu hermana adquirió el coche con beneficios fiscales (iva 4% para personas movilidad reducida) y lo vendéis antes de 4 años tendréis que devolver la diferencia del IVA (21% - 4%=17% del valor de compra del coche). Lo malo es haberse apropiado del dinero que no era vuestro, para ver como reponerlo consulta un abogado.

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