Exceso de cabida en rustica
Me gustaría saber si las notificaciónes a colindantes o linderos son los que aparecen como tales en el Catastro o en el registro.
Y si las notificaciónes son mediante burofax o catas certificadas.
También si los honorarios por parte de los notarios son generales o cerrados o depende de las notificaciones a linderos(no es lo mismo notificar a 4 linderos que a 40)
Y por último si hay algún otro procedimiento para añadir, en escritura y registrarla, más de un 20% de terreno a una finca rústica, decir que en el catastro si se a echo y aceptado dicho exceso de metros.
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Respuesta de Miguel Amadis Maria Taveras
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