[Hola.
La duración de las vacaciones se establece normalmente en el convenio colectivo o mediante pacto,
Para su cómputo tienes que saber, que tanto si es por días naturales o laborables, las vacaciones no pueden empezar un día inhábil, es decir, si trabajas de lunes a viernes y si terminas de trabajar un viernes para irte de vacaciones, éstas empiezan a contar desde el lunes y no desde el sábado, aunque sean días naturales. Si se regulan en días laborables, no contarán los días festivos y de descanso que haya en el periodo vacacional.
Los períodos de vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre la empresa y el trabajador, y para ello se tendrá en cuenta lo establecido en los convenios colectivos.
Salu2