División cosa común- Presupuesto- Zona Sur de Madrid

Busco presupuesto de un abogado por la zona sur de Madrid, que nos lleve un procedimiento de “división de cosa común sin sociedad de bienes liquidada”.

Al principio pensé que primero había que hacer un procedimiento de “liquidación de bienes gananciales” y después otro de “división de cosa común”, pero según tengo entendido, si solo es el domicilio familiar lo que se debe dividir, se puede hacer solo a través de “división de cosa común”.

El Tribunal Supremo en diferentes resoluciones, así como las Audiencias Provinciales, en las que se establece que, en aquellos casos en los que el “patrimonio” proveniente de la sociedad legal de gananciales disuelta (y no liquidada) se integra por un único bien indivisible, sería dable (y recomendable) acudir a la acción de división de la cosa común para poner fin a la situación de indivisión.

¿Me lo pueden confirmar y dar presupuesto?

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