Deducciones piso en alquiler el primer año del alquiler

Adiquirí un piso para alquilar en junio del 2018, y lo alquilé el Julio del 2018. ( En los datos fiscales me salen 221 días de propiedad)

Para las deducciones, en el caso de la amortización de los bienes muebles del 10%, si el resultante del 10% son 500 euros, ¿deduzco los 500 o debo aplicar el valor proporcional a los 221 días?

Lo mismo sucede con el 3% de amortización de inmueble, ¿se aplica el 3% que me sale? ¿O se hace regla proporcional a los 221 días?

Respuesta

Los gastos son deducibles en la proporción en que el inmueble estuvo arrendado. Es decir, en tu caso, si el gasto por amortización de los muebles fuese de 500 euros anuales, tendrías que sacar la parte proporcional al periodo de 221 días en el que lo has alquilado (500 / 365 x 221). El resto de gastos deducibles (amortización construcción, IBI, comunidad, etc) se aplica de la misma forma.

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