¿Tengo derecho a cobrar dietas? Vigilante de seguridad

Voy a empezar a trabajar como vigilante a 82km de mi residencia. La empresa dice que me abona el kilometraje y una hora de viaje. El trabajo es a 12 horas. De 20:00 a 08:00 de la mañana. Mi pregunta es la siguiente. ¿No se supone que en una jornada así te deben pagar comida? Me dice la empresa que eso va por mi cuenta...

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Para ello hay que ver el convenio de seguridad privada. Si has sido contratado para ese servicio y no has sido trasladado, allí. En ese caso ni kilometraje te correspondería.

Te dejo el artículo en cuestión del convenio de seguridad privada. Te aconsejo que pongan en el anexo al contrato que se comprometen a pagar el kilometraje y la hora esa que mensionas.

Artículo 59. Desplazamientos.

Cuando un trabajador tenga que desplazarse por necesidad del servicio fuera de la localidad, entendida en los términos del Artículo 58 donde habitualmente presta sus servicios o cuando salga de la localidad para la que haya sido contratado, tendrá derecho al percibo de dietas salvo que dicho desplazamiento no tenga perjuicios económicos para el trabajador. En el caso de que no se desplace en vehículo de la Empresa, tendrá derecho a que se le abone, además el importe del billete en medio de transporte idóneo.

Si el desplazamiento se realizase en un vehículo particular del trabajador, se abonará, a razón de 0,26 euros el kilómetro el año 2017, 0,27 euros el kilómetro el año 2018, 0,28 euros el kilómetro el año 2019 y 0,29 euros el kilómetro el año 2020.

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