Quisiera saber cuanto años hay que tener cotizado para una Incapacidad permanente absoluta , tengo 48 años de edad .

Cuanto años hay que tener .cotizado en vida laboral para una Incapacidad permanente absoluta, tengo 48 años de edad . Y una base de cotización de 1900 euros .

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Con 48 años tienes que tener un mínimo de 7 años cotizados

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I. Hola María Luz, muchas gracias por dirigirme su consulta.

No tengo la preparación para responderle y seguramente necesite que un experto le responda, pero al parecer, solo se demanda un período mínimo de cotización para una pensión cuando la incapacidad permanente tiene su origen en una enfermedad común.

Es decir, cuando el origen de la incapacidad permanente es un accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral, no es necesario tener cotizado un tiempo concreto o mínimo, la persona puede tener incluso dos o tres años cotizados, que podrá percibirla de igual forma.

Solo se exigen los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en el momento del dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de la calificación de la incapacidad permanente.
  • No tener la edad legal establecida para acceder a la jubilación, siempre y cuando se cumplan los requisitos para su acceso en el momento del hecho causante. Si no se cumplen, se disfrutará de la pensión de Incapacidad Permanente hasta que se puedan reunir.

Este segundo requisito no sería aplicable a los supuestos en los que la situación de incapacidad permanente sea de riesgo profesional, solo entra en funcionamiento para los casos de accidente no laboral.

Es importante reseñar que cuando la persona supera la edad de treinta y un años, sí se le exige que haya cotizado al menos durante una cuarta parte del tiempo trascurrido entre la fecha en que cumplió veinte años y la del hecho causante, una cifra que no logro calcular en este momento pero que entiendo usted cumplirá de sobra.

Tambien se deberá acreditar siempre un mínimo de contribución de cinco años. De esta forma, el trabajador mayor de 31 años nunca podrá acceder al derecho con menos de cinco años de cotización.

Asimismo, de forma cumulativa, deberá acreditar que un quinto de este período (entre los veinte años y el momento que se causa la incapacidad permanente) se ha cotizado en los diez últimos años inmediatamente anteriores al hecho causante de la baja (o de la fecha en la que se terminó la obligación de cotizar, cuando se acceda desde la situación asimilada al alta).

Existen 'calculadoras' online que nos permiten poder realizar una estimación muy cercana de cada caso, pero no estoy encontrando una dirigida al calculo de IPA, sólo esta guía,

https://www.ineaf.es/tribuna/incapacidad-permanente-total-que-es-y-como-se-calcula/ 

Por favor si es posible y dispone de tiempo revise estos enlaces, me parece que abordan a fondo este tema. Lamento no saber responderle mejor. Mucho ánimo.

Cotización durante incapacidad permanente absoluta

https://www.miasesorlaboral.es/incapacidad-permanente/ 

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/48456/48908/48916 

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