Plusvalía por ostentar la nuda propiedad

Quería preguntar el siguiente caso. Mi padre falleció hace 15, quedando la vivienda habitual, con un 50% de la casa en privativo para mi madre, y el otro 50% quedó en usufructo vitalicio para mi madre y al ser dos hermanas el 25% cada una en nuda propiedad. Se liquidó la plusvalía en su momento. Ahora ha fallecido mi madre con lo que la duda que nos surge es si la nuda propiedad tributa en plusvalía. Tenemos claro que el 50% privativo de mi madre si que hay que liquidarlo, pero no tenemos claro el 50% que tenemos nosotras en nuda propiedad. Entendemos que no, ya que la transmisión de la propiedad, hecho que ya adquirimos hace 15 años, pero no total hasta que no se ha extinguido el usufructo. ¿Es así?

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Respuesta

Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

Como norma general, ahora tendrán que pagar por el usufructo que tenia su madre, al consolidar la propiedad, pues solo eran nudos propietarios.

Buenos días. agradecer su respuesta. por mi trabajo trato con gestorias/asesoría y similares. Me han dicho que en sucesiones es así, para consolidar la nuda propiedad, debemos consolidar el dominio y liquidar, pero en la plusvalía, de ahí mi pregunta, me han dicho que se pagó la plusvalía por el 50% de mi padre, mi madre por la parte del usufructo y nosotras por la nuda propiedad. Que al extinguirse el usufructo pasamos a tener la propiedad plena, pero no hay ningún tipo de transmisión de bien, sino que se nos devuelve el disfrute de ese 50%. con lo que solo deberíamos liquidar el 50% privativo de mi madre. no se si me he expresado bien.

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Como ya le hemos indicado, ahora hay una alteración patrimonial al consolidar ustedes la plena propiedad y por lo tanto, en nuestra opinión y sin conocer el caso en concreto, deben tributar la plusvalía municipal por la transmisión del usufructo que tenia su madre a ustedes por herencia.

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