¿Una inmobiliaria que se dedica a comprar y vender terrenos rústicos como tiene que hacer con el IVA?
¿Alguien me puede solucionar estas dudas? La idea que tengo es la siguiente: comprar fincas rústicas en la mayoría de los casos forestales bien para plantarlas y más adelante vender la madera o bien para vender alguna madera que tengan ahora y plantarlas también para vender más adelante. Algunas fincas también las vendería en breve si me diesen beneficio. Aquí me surgen varias dudas:
1º Si soy una S.L. Y compro a un particular una finca rústica en principio esa operación está exenta de IVA tendría que pagar 10% de ITP (actualmente exento también en Galicia). Por lo tanto supongamos que compro hoy una finca por 100 Euros y para el otro día la quiero vender. Entiendo que si soy S.L. Tendría que cobrar el IVA en mis ventas por lo que la vendería por 100 Euros más 21 Euros de IVA osea 121 Euros de los cuales 21 los tendría que entregar en hacienda y 100 quedarían para la empresa. Resumiendo tendría que vender un 21% más caro de lo que compro para ni ganar ni perder ¿Es así o no estoy en lo cierto? Es que no lo veo nada claro.
2º ¿Si vendo madera de esa finca que compré a otra sociedad que IVA debo aplicar?