¿Testamento público? ¿Qué significa releve de fianza?

Mi madre en su testamento nombró como únicas herederas a mi hermana y mi sobrina ( menor de edad) y a mi me nombró como su albacea. Lo que no entiendo es que dice que me releva de fianza, la casa en cuestión mi madre en vida la alquilaba por lo que ahora hay que hacerle remodelación y para ayudar a mi hermana invertí mi dinero en esa remodelación el detalle es que mi hermana no está satisfecha en que si ella es la heredera yo tenga que cobrar la renta de esa casa, ¿y qué yo invierta mi dinero? ¿Cabe señalar que mi hermana sufre de enfermedad mental (esquizofrenia) por cuánto tiempo puedo ser albacea? ¿Estoy obligada a serlo? ¿Y a comprobar los gastos que se generen?

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Conviene deslindar los conceptos. El albacea debe repartir la herencia y su condición de albacea se acaba cuando cumpla ese cometido. El alquiler de un inmueble debe percibirlo el dueño de ese inmueble, si ha invertido dinero en el mismo puede exigir que le devuelvan lo invertido, pero eso no le da derecho a percibir parte del alquiler, salvo que haya habido un pacto en ese sentido.

Entonces en cuanto mi hermana solicite que la casa se ponga a su nombre ella ya podrá cobrar la renta de esa casa? Mi madre en vida me comentó que necesitaba que alguien quedará de albacea para que cuidara de mi hermana ya que mi hermana con su enfermedad no es ordenada en cuestión del dinero y todo se lo gasta en cosas innecesarias por lo mismo de su enfermedad. Sinceramente tengo miedo en que ella se haga cargo de cobrar la renta de esa casa y k tiempo después ella ya no tenga nada y yo por ser única hermana tenga que hacerme cargo de ella y sin poder apoyarle por k yo no tengo los recursos para hacerlo en este caso que me sugiere hacer ?

Habría que conocer más datos, parece que lo procedente es incapacitarla y nombrarle tutor.

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