Pueden embargar el salario y a la vez el saldo que queda del mismo en la cuenta.
Quería saber si cuando se decreta judicialmente un embargo de salario que llega ya a la cuenta deducido el importe. Si queda dinero de ese salario para por ejemplo pago de recibos, también pueden embargar dicho saldo.
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Respuesta de Daniel Buendía
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Lo que viene a decir Daniel es que si se manda un decreto de embargo de nomina a tu Emptresa, y se te embarga el restante del salario mínimo interprofesional (SMI ) de 900 €, el restante que tu Empresa tre ingrese no puede ser embargado bajo ningún concepto, el embargo de esa cuenta o de otras que tuvieres, es para otros ingresos y/o saldos que existan o que entren en el futuro, por lo tanto de esa cuenta embargada o no embargada, no te pueden retener NADA si el saldo único procede del ingrso del salario ya embargado, y si sucede lo contrario, no lo DUDES acude al Juzgado y ponlo en antecedentes justificándolo . - GRM