Para poder acceder a este subsidio los interesados deben de reunir una serie de requisitos los cuales os detallamos a continuación:
- Tener la edad de 52 años o más.
- Agotar las prestaciones por desempleo como paro o subsidios extraordinarios por desempleos (Renta Activa de Inserción, Programa de Activación para el Empleo, Subsidio Extraordinario por Desempleo).
- Estas inscritos como demandantes de empleo durante al menos un mes después de agotar la última prestación por desempleo.
- No haber rechazado ninguna oferta de empleo por el SEPE o por las Oficinas de Empleo Autonómicas.
- Cumplir con los requisitos para solicitar la pensión de jubilación de la seguridad social.
- Carecer de Renta Superiores al 75% de SMI (Salario Mínimo Interprofesional), sin incluir las pagas extraordinarias.
- Estar incluido en algún caso de entre los siguientes:
- Estar en derecho de percibir subsidio por desempleo.
- Haber finalizado la prestación contributiva o subsidio.
- Tener la condición de emigrante retornado (sumar como trabajados al menos 12 meses fuera de España, en países que no pertenezcan a la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo) y no pudiendo ser beneficiario por derecho de la prestación contributiva por desempleo.
- No tener derecho a cobrar el paro por ser liberado de prisión, siendo la privación de libertad mayor a 6 meses.
- Ser declarado capaz o inválido parcial a consecuencia de una revisión por mejoría de situación previa de gran invalidez, invalidez absoluta o total para realizar la profesión habitual.
- Encontrarse en situación legal de desempleado, no teniendo por ello derecho a prestación contributiva por desempleo en el caso de no completar el período mínimo de 12 meses de cotización, habiendo cotizado al menos 3 meses.