Sobre la antigüedad del vehículo
La antigüedad se toma en cuenta para hallar el valor del vehículo pero no es el único factor, además hay el uso y desgaste. De modo que esa forma de medir la antigüedad no me parece que sea correcta.
Sobre la responsabilidad del accidente
Si había caza, el responsable es el coto.
Según la legislación vigente y desde el 2014 solo hay dos causas para que en accidentes de este tipo, la responsabilidad no recaiga en el conductor, una es la falta de acondicionamiento y señalización y la otra, como dice, que sea día de caza, o hasta 12 horas después.
El problema que veo es que cuando se le reclame al coto la responsabilidad del siniestro, digan eso que usted menciona acerca de que ese día no hubo caza, a pesar de haberla solicitado, y si se toma en cuenta que al no existir actividad de caza, en realidad no se incurre en la causa por la que en esos días el coto es responsable de las salidas de animales a la carretera, podrían eludir la responsabilidad del siniestro.
Sobre el cobro de las indemnización por daños materiales
Al tratarse de una póliza todo riesgo, el trámite para usted se simplifica. La compañía indemniza directamente y luego, reclama al coto.
Sobre el cobro de las indemnizaciones por lesiones del conductor
No están aseguradas, salvo por muerte e invalidez. Esto significa que para cualquier otro tipo de lesión y perjuicio del conductor, la indemnización debe provenir del coto, para lo cual su compañía de usted debe reclamar la responsabilidad civil del coto y hasta que no se llegue a la resolución usted no cobrará.
Sobre los gastos médicos del conductor
Al estar asegurados, la compañía corre con ellos de forma directa, aunque luego se los reclame al coto.
En resumen
En este siniestro, todo lo terminaría pagando el coto, si hubiera sido un día normal de caza, pero como he dicho antes, el coto tratará de hacer valer el hecho de que realmente ese día no hubo actividad de caza, y si esto se acepta significará que no hay responsabilidad y por tanto tampoco indemnización. De modo que el problema para usted y para su compañía en este caso, es la incertidumbre que pesa sobre la resolución. Si finalmente el coto sale libre, usted no percibirá indemnización alguna por lesiones y la compañía no percibirá nada.
La diferencia que usted encuentra entre lo que la compañía le ha pagado y lo que no, radica en que lo que le ha pagado está asegurado en póliza, de modo que no depende de ninguna resolución.
Sobre los restos de su vehículo
Es correcto que se los descuenten si usted se queda con el vehículo.
Sobre la extinción del seguro
Si se indemniza un siniestro total, obviamente el riesgo desaparece y el contrato queda extinguido por haber satisfecho el pago. Esa es la norma.
Ahora bien, si usted decidió reparar en lugar de dar de baja el vehículo, la matrícula sigue en circulación.
No se cómo de bien le indemnizaron el vehículo pero las compañías no suelen tirar a la alza, así que para mí es el típico caso de falta cortesía, donde la aplicación de la norma pura y dura, no queda bien. Además, liquidar la póliza es una invitación al cliente para que se vaya.
Dado que el vehículo circula, quizá hubiera sido mejor mantener la póliza en vigor, que anular para volver a contratar el mismo riesgo. Esto es una apreciación personal.