OBLIGACIÓN de colocar PLACA DE VADO (tasa de cochera) y calle sin acerado
A ver, resulta que Mi vivienda dispone de una cochera en su planta baja legalizada, vamos que no es de nueva construcción ni nada. Resulta que de forma recaudatoria ahora están pasando por las distintas calles para obligar a colocar placa de cochera (vado). Yo tengo entendido que la tasa en sí es:
"tasa por entrada de vehículos a través de aceras"
Pues bien, mi calle es de trafico normal, sin limitaciones alguna, si bien, es tan estrella que no se permite aparcar en dicha calle (no podría pasar nadie) pero es más NO DISPONE DE ACERADO, es decir mi calle da directamente al asfalto (ahora adoquinada) Nunca ha existido acera, no hay diferenciación de acerado en el adoquín ni nada parecido.
¿Pueden obligarme a pagar la tasa correspondiente y colocar la placa? Si bien piso dominio publico (calle/carretera) eso debe de estar cubierto ya con mi impuesto para circular por estas vías ¿no?
Y por último y otro detalle. Según la ordenanza fiscal habla de salida de vehículos a través de edificios, cocheras, parcelas... Sin especificar "acerado o no" pero en el cuadro de tarifas indica claramente:
"TAsa por paso de vehículos a través de acerado."