¿Se puede poner un vado en una puerta peatonal?, no estamos hablando de minusválido.
Pregunto esto porque hoy me ha retirado el coche la grúa, con la consiguiente multa. Se ve que un vecino ha solicitado el vado y el ayuntamiento se lo ha concedido. Yo llegue anoche tarde y no vi la placa en la fachada, además no me lo esperaba pues es una urbanización de unifamiliares y ninguno tiene puerta de garaje. El bordillo no esta rebajado ni pintado de amarillo. Me comentan que guardan un ciclomotor dentro de la vivienda.
Tengo entendido que el vado es para autorizar a atravesar la acera a un vehículo dándole acceso a un garaje o local (no a una vivienda) por una puerta para peatones.
La vivienda solo tiene un acceso y es peatonal, con un escalón y todo. No entiendo que eso pueda considerarse un garaje o local. Además en ese caso debería pagar con el IBI el paso de vehículos y carruajes a la diputación, como hago yo en otra vivienda aun sin tener vado.
¿Es legal la concesión del vado?. ¿Se puede recurrir?. ¿Cómo puedo saber si paga por el supuesto acceso de vehículos (que no es más que una puerta peatonal de unos 90cm de anchura)?.