Arras penitenciales puede la inmobiliaria firmar por vendedores?

Firme un contrato de arras penitenciales con una inmobiliaria, en el que firmamos mi mujer y yo y por la otra parte la inmobiliaria, en ese contrato no hay nombres ni dni de los vendedores, según la inmobiliaria tiene una nota de encargo de los vendedores para firmar y recoger señal por ellos.. ¿pero es legal eso? Para unas arras penitenciales que tienen consecuencias, ¿no necesitaría un poder notarial? ¿Le sirve una simple nota de encargo? ¿Y es legal un contrato de arras en el que no vienen ni nombres ni dni de las otras partes?

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Tal como lo describe esa inmobiliaria, si no tiene poderes especiales del vendedor, se ha comprometido a algo que no puede cumplir por sí sola, por lo tanto ese documento de arras puede ser declarado nulo.

Olvide mencionar que la nota de encargo de venta entre vendedores e inmobiliaria existe y pone textualmente, autorizamos a la inmobiliaria tal... a vender el piso y recoger señal suficiente para el buen fin de la compraventa, esa nota de encargo está firmada entre vendedores e inmobiliaria con sus datos ,de la cual no tenemos copia .gracias

Esa nota de encargo, en mi opinión, no puede sustituir a un poder notarial, estrictamente necesario para que la inmobiliaria pudiera vender ese inmueble, si el asunto termina en el juzgado, es muy posible, como le he indicado, que esa entrega de arras sea declarada nula, no obstante habría que estudiar con detalle ambos documentos. En mi opinión las arras inmobiliarias se dan y se reciben con excesiva “alegria”. En el enlace que le dejo tiene abundante información que abona mi última afirmación.

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