Me puede pagar una ETT las vacaciones no disfrutadas de 2018?
Presto servicios en una Empresa de Trabajo Temporal desde abril de 2018, si bien, tuve una prórroga de contrato en octubre de 2019, pese a que inicialmente me comunicaron me harían un nuevo contrato, para lo cual, en principio, supuse me liquidarian todo cuanto me debían/deben (vacaciones de 2018 -solo consumí 3 días, habiéndome incorporado en abril de ese año + vacaciones de 2019 -consumi 6 dias-)... Cuál es mi sorpresa que compruebo, ya en noviembre, en nómina, que no habian hecho dichas liquidaciones, por lo que llamo y me informan (sin haberme comunicado) que habían decidido hacerme una prórroga... (A todo esto, que en mi contrato está estipulado contenga vacaciones, es decir, no prorrateadas).
Lo cierto es que espero a que finalice el ya pasado 2019 y ver si ya ahí me abonan todo lo pendiente... No... Es ahí, desde entonces, cuando ya en reiteradas ocasiones, llamo a mi gestor de ETT y le traslado mi queja y que lógicamente me informe si se me liquidará o si bien, lo harán cuando finalmente finalice mi contrato o que me aclare, en definitiva...
Ante la aparente pasividad, me persono y me atiende otro gestor diferente al mío de referencia, quien ha interpuesto una incidencia y lo que es peor... Dicen que 2018 igual no me lo pueden pagar!
¿Qué se supone debo hacer yo ahora? ¿Realmente es así? Me cuestiono que, si traslado está situación a la empresa en la que trabajo directamente, ¿quizás desacredite a la ETT dañando mi imagen cara a futuras, de haber, contrataciones?