Iva en objetos de segunda mano

Soy autónoma y por internet he comprado un móvil reacondicionado,

La empresa que me lo ha vendido es una empresa española.

En la factura venia con 0% iva.

Les he escrito y me ha contestado esto:
"somo una empresa Española, pero como vendemos articulos de segunda mano, estamos acogidos al Régimen de Bienes Usados del articulo 135 de la Ley 37/192. Por eso el IVA en la factura va representado como REBU 0%."
He intentado leer el articulo 135 pero no lo entiendo.

Es que a mí me extraña que no tienen que dar factura con IVA porque no es la primera vez que compro cosas usadas y me han dado factura con Iva.

De echo Apple vende móviles Reacondicionados en la web y viene el iva, y en tiendas de segunda mano me han dado siempre facturas con Iva.

2 Respuestas

Respuesta
1

Si esa empresa está interpretando erroneamente la normativa del IVA, a usted no le perjudica ya que en el peor de los casos si le viene una inspección fiscal, le harán pagar ese IVA que ya no podrá repercutirle a usted, por el contrario si le repercutiera IVA indebidamente, la AEAT podría denegarle la deducción de ese IVA como soportado y usted lo perdería.

No entiendo su respuesta, y se difiere a la respuesta de Abogados Edo abajo o al menos me parece. Que debo de hacer?

Gracias

Mi respuesta no está en contradicción con la que ha recibido, simplemente he querido decirle que usted no es responsable de una factura mal emitida, si de ella se deriva que no puede deducir el IVA.

Respuesta
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Efectivamente para empresas acogidas al REBU, cuando emiten factura no se especifica o desglosa el IVA, pues simplemente han de hacer referencia al IVA incluido.

Esto es debido a que ellos no tributan por el IVA de la venta, sino por la diferencia entre el precio de compra y el de venta (beneficio) al que aplican el IVA.

Para usted será todo gasto deducible en el IRPF, pero no en el IVA.

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