Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchas personas en su misma situación.
Efectivamente, como residente fiscal en España ha de tributar por todas sus rentas mundiales aquí, aplicando el convenio para evitar la doble imposición internacional con el país donde se generan las rentas (pensiones, cuentas bancarias con intereses, inmuebles, etc.).
Si no ha presentado nada, ahora deberá regularizar su situación presentando los últimos ejercicios no prescritos, es decir posiblemente desde el año 2015. Y puede ser sancionado por presentar fuera de plazo, pero la sanción será menor que si es la Agencia Tributaria quien le realiza la inspección.
Otro de los problemas suele ser no haber presentado el modelo 720 de bienes en el extranjero con valor superior a 50.000 € que si tiene unas importantes sanciones, que incluso hay sentencias de la justicia europea por desproporcionadas...