Me pueden obligar a trabajar en estado de alarma si mi empresa no realiza actividades de primera necesidad?

Mi empresa es de reparación y alquiler de maquinaria de construcción y tras la situación de alarma creada en España, mi jefe quiere que vayamos a trabajar a puerta cerrada. ¿Me puede obligar?

3 respuestas

Respuesta
1

No y ademas es denunciable ! A usted en la calle le preguntaran a donde se dirige. Estarà la policia guardia civil acompañados del ejercito . El que se salte las normas puede ser multado .

Pues me dice que si no voy me lo descuentan de las vacaciones

Pues, si no fuera porque es tu trabajo y tengo que respetar, no acostumbro a perder el respeto. Pero tu jefe es un (negrero y avaricioso ) Estamos frente a, ¿algo desconocido y si enfermas? E dinero no vale de nada sin salud. Mejor que te lo descuente, asi no te multan, que lo multen a el si es hombre o a ella me da igual, tu acepta las vacaiones de momento luego haber si tiene razon, los sindicatos estan para eso ahora el presidente de España es del P.S.G. Y esta con los trabajadores.

Respuesta
1

Si trabajas solo o en una habitación solo puede ser que si pero si hay más compañeros no.

Respuesta
1

¿Quién puede trabajar durante el estado de alarma?

«10.3. Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo del presente real decreto.

10.4. Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio.

10.5 Se suspenden asimismo las verbenas, desfiles y fiestas populares».

De acuerdo con esto, el resto de trabajos pueden seguir operando con normalidad, aunque se recomienda en la medida de lo posible el teletrabajo y otras medidas que faciliten el confinamiento.

El Gobierno sólo permite salir de casa para ir al trabajo

La libertad de circulación en las vías públicas, especifica el decreto, se limita a estas "actividades":

- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

- Asistencia a centros sanitarios.

- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

Links de interes

https://www.elespanol.com/espana/20200314/gobierno-permite-trabajo-comprar-comida-razones-medicas/474703005_0.html 

https://www.abc.es/espana/abci-quien-puede-trabajar-durante-estado-alarma-202003150951_noticia.html

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas