Orden de alejamiento y estado de alarma
Tengo una pregunta que me trae de cabeza. Tengo una orden de alejamiento de una sentencia en firme que acabará en unos días, de un domicilio y una persona. En principio quiero volver a ese mismo domicilio y convivir con dicha persona ( bajo su consentimiento lógicamente) pero me encuentro en el dilema de que mí abogado me dice que al haber un estado de alarma, probablemente el tiempo que dure este, se me amplíe proporcionalmente la orden de alejamiento.
La teoría de mí abogado es que se aplaza todo plazo y esto tb me influye en dicha orden de alejamiento.
¿Esto es asi? No se, si tengo ya sentencia en firme con el día señalado en el que acaba dicha orden, ¿me lo pueden modificar de nuevo?
Lo que no quiero es ir a ese domicilio, comunicar al juzgado el nuevo domicilio y que encima tenga un problema gordo por que pueda que se me amplíe dicha orden.